Hospitalizan a tu padre y te dan tres días: ¿son naturales o laborables? El Supremo lo aclara
Llevas dos días en el hospital acompañando a un familiar. Tu empresa te concedió el permiso que dice el convenio: cinco días naturales. Pero el fin de semana no lo has pasado en casa, lo has pasado en una silla de plástico junto a una cama. ¿Cuenta igual?
El Tribunal Supremo ha respondido que no.
Lo que ocurrió
Un sindicato impugnó el convenio colectivo de un sector —el de contact center, con decenas de miles de trabajadores— porque el texto fijaba los permisos por hospitalización y fallecimiento de familiar en "días naturales". La empresa defendía que esa era la redacción pactada y que debía respetarse. Los trabajadores, que el cómputo debía hacerse en días laborables, con independencia de lo que dijera el convenio.
El Tribunal Supremo dio la razón a los trabajadores.
Qué dice el Supremo
La doctrina que fija la sentencia es clara: los permisos retribuidos por hospitalización o accidente grave de un familiar deben medirse en días laborables, no en días naturales. Y esto se aplica aunque el convenio colectivo use expresamente el término "días naturales".
¿Por qué? Porque en materia de derechos laborales rige el principio de la norma más favorable al trabajador. Un convenio colectivo puede mejorar lo que dice la ley, pero no puede empeorar lo que la ley garantiza. Y la garantía legal —en este caso, el Estatuto de los Trabajadores— opera en días laborables. Si el convenio dice "naturales", esa cláusula queda desplazada.
El razonamiento tiene lógica: el permiso existe para que el trabajador pueda atender a su familiar en circunstancias difíciles. Un sábado o un domingo en que la empresa no habría exigido presencia de todas formas no consume ningún derecho real.
Qué significa en la práctica
Si tienes un familiar hospitalizado y tu empresa te cuenta el fin de semana como días de permiso, puede estar aplicando mal el convenio, aunque el texto diga expresamente "naturales".
La sentencia tiene efecto directo en los sectores afectados, pero su doctrina —que el Supremo considera de aplicación general— puede extenderse a cualquier ámbito laboral donde se plantee la misma discrepancia.
Para los trabajadores, puede suponer días adicionales de permiso. Para las empresas, una revisión de cómo gestionan estas ausencias y qué dice exactamente su convenio.
Una última cosa
Esta sentencia unifica doctrina. Eso significa que los tribunales inferiores deben seguirla. Si su empresa le ha descontado días de permiso que no debería haber descontado, hay plazo para reclamar, pero ese plazo no es indefinido.
Si tiene dudas sobre cómo se aplica esto en su caso concreto, en el despacho podemos revisarlo. El convenio de su sector puede tener particularidades que conviene analizar antes de actuar.

